Según las estadísticas de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Secretaría de Gobernación, entre enero y julio fueron detectadas 5 mil 180 personas extranjeras en situación irregular en el Estado de Chihuahua, 2 mil 143 de ellas en el municipio de Juárez.
Sin embargo, el Grupo de Trabajo de No Devolución, integrado por organizaciones que apoyan a las personas en situación de movilidad desde la frontera sur hasta la frontera norte de México, denunció las prácticas del Instituto Nacional de Migración (INM) que generan barreras materiales de acceso al procedimiento de asilo, acceso a derechos básicos y movilidad de las personas refugiadas.
A través del informe “Principio de no devolución (non-refoulement) 2023”, las organizaciones buscan dejar constancia de problemáticas, tendencias, casos y recomendaciones encaminadas a impulsar acciones tendientes a eliminar la práctica de devoluciones de personas que han expresado de manera formal necesidades de protección internacional ante el Estado mexicano.
De acuerdo con las últimas estadísticas oficiales publicadas hasta ayer por el gobierno federal, durante los primeros siete meses de 2024 el INM inició un Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) de canalización, devolución al sur del país o deportación a un total de 828 mil 505 personas en todo México.
De las 5 mil 180 personas extranjeras irregulares detectadas en Chihuahua, 682 fueron en la capital del Estado, 28 en Delicias, 2 mil 298 en Janos, 2 mil 143 en Juárez y 29 en Ojinaga, pese a no haber una estación migratoria en esta frontera.
“Existe una práctica preocupante de devolución de solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y de personas reconocidas como refugiadas en México. En el caso de solicitantes de protección internacional, dichas devoluciones se ejecutan independientemente de que estén en cumplimiento de sus obligaciones dentro del procedimiento de asilo”, señaló el Grupo de Trabajo de No Devolución.
Destacó que la devolución de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado o personas reconocidas como refugiadas es inaceptable y contrario al derecho internacional de las personas refugiadas y, por lo tanto, de las obligaciones del Estado mexicano al respecto.
Por ello, pidió “garantizar documentación migratoria a la población solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado y reconocidas como refugiadas, así como a las personas que expresaron formalmente al Estado mexicano necesidades de protección internacional, mediante la entrega de una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias y una Tarjeta de Residente Permanente, respectivamente, y suspender la entrega del oficio de regularización que no tiene sustento jurídico”.