PUNTO DE VISTA

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Carlos Amaya Guillen

LA IMPUNIDAD CAMPEA

Sin duda la insatisfacción de la ciudadanía en torno a la procuración e impartición de justicia es verdaderamente justificada puesto que como ya es del dominio público en México existe un 99% de impunidad, resultado de las deficiencias de las fiscalías y de los órganos jurisdiccionales.

El caso de ORLANDO “EL SIRI” SALIDO, se suma a las miles de demandas de impunidad registradas en el país, en el estado y en nuestro municipio, puesto que los Agencias del Ministerio Público en muchos de los casos no integran las carpetas de investigación conforme lo establecen las leyes, con graves omisiones, pero también con lamentables errores derivados en muchos casos de incapacidad técnica y en otros más por corrupción.

Aquí en Cajeme es lamentable la postura que toma la titular de la agente del ministerio público del fuero común de la unidad de tramitación masiva de casos especializada en delitos ocasionados por el tránsito de vehículos, LIC. GABRIELA MARES MUÑOZ, quien está al mando de dicha representación social, y en donde es evidente el tortuguismo, lentitud y negligencia con que inobservan la prontitud con la que debe prevalecer la procuración de justicia, incluso algunas personas señalan que les propone abogados “filiales” para hacer con mayor celeridad los asuntos. ¡El cielo nos valga!

El caso del boxeador revive las añoranzas y el tedio de muchos ciudadanos que han visto lejana y perdida la justicia por ineptitud de las Agencias del Ministerio Público, donde se cometen a diestra y siniestra atropellos en contra de personas que no cuentan para pagar un buen abogado, porque dicho sea de paso, los defensores públicos nada más son de adorno.

Por eso tenemos a tantos inocentes en la cárcel porque “los de abajo” no tienen más que aceptar la responsabilidad porque los propios defensores públicos, les da hueva leer las carpetas de investigación, imponerse de las mismas, y optan por un proceso abreviado.

De verdad son cientos de carpetas acumuladas y que alimentan cucarachas en ese tipo de oficinas, porque simplemente no hay ganas de chambear, cosa que sabe perfectamente el Fiscal General de Justicia del Estado, GUSTAVO RÓMULO SALAS CHÁVEZ, quien dicen ya anda haciendo maletas para ocupar un puesto federal.

Tan es el caso de JESUS IVÁN V.I., un joven que perdió a su pareja porque fue atropellada y ya tiene más de tres años batallando para que GABRIELA MARES MUÑOZ, le otorgue copias de la carpeta o le informe de los actos de investigación, violando flagrantemente con ello la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además la Jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la interpretación de los artículos 113 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales permite concluir que el imputado y su defensor podrán tener acceso a los registros de la investigación cuando aquél se encuentre detenido, sea citado para comparecer con tal carácter, o bien, sea sujeto de un acto de molestia y se pretenda recibir su entrevista.

Sin embargo, para el goce efectivo del derecho fundamental de defensa adecuada, debe permitirse que puedan obtener una reproducción de dichos registros, ya sea en copia fotostática o como registro fotográfico cuando el imputado se ubica en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 218, párrafo tercero, del Código aludido lo que es acorde con los principios del sistema procesal penal acusatorio, relativos a la igualdad y equilibrio entre las partes.

Sin que obste a lo anterior el hecho de que el artículo 219 del Código aludido establezca que una vez convocados a la audiencia inicial, el imputado y su defensor tendrán derecho a consultar los registros de investigación y a obtener copia con la oportunidad debida para preparar la defensa, pues dicha disposición legal no debe interpretarse como una regla restrictiva ni considerar que sólo a partir de ese momento procesal pueden obtener copias, ya que de la redacción de dicho precepto deriva la obligación del Ministerio Público de respetar el derecho a una defensa adecuada y de igualdad entre las partes, permitiendo el acceso a los registros de investigación y la obtención de copias o reproducciones fotográficas de los datos que obran en la carpeta de investigación, de manera que no prohíbe que éstas se obtengan con anterioridad, pues lo que debe privilegiarse es que llegada la audiencia inicial, quien habrá de ser imputado cuente ya con los datos y registros necesarios que le permitan desarrollar una defensa adecuada, por lo que al actualizarse el supuesto en que el imputado pueda tener acceso a la carpeta de investigación, ello implica también su derecho a obtener copia de su contenido.

Es el caso también de la señora LOURDES Z de Cocorit, Sonora. Quien fue atropellada vilmente en tercer grado de ebriedad por el medico OSCAR ANTONIO ULLOA RUIZ, quien cuenta con sentencia ejecutoriada pero la octogenaria víctima no ha podido ser indemnizada, aunque el accidente fue desde el año 2013.

Estos casos son parte de las estadísticas que abundan entre los Ciudadanos, que deciden mejor no denunciar delitos ante la falta de impartición de justicia pronta y expedita.

Por hoy es todo. Le abrazo. #Sonora #obregon #cajeme

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